Energía

Empieza la batalla por las multas del apagón: ¿cómo se fijarán los montos y a quiénes se sancionaría?

Ahora es oficial: tras el histórico apagón del domingo 16 de junio, se vienen los castigos para las empresas del sector energético. Y el Gobierno dio pistas sobre cuáles podrían ser las multas -en principio con la empresa Transener como culpable principal-, al tiempo que las compañías iniciaron sus acciones defensivas para tratar de minimizar la sanción.

El secretario de Energía de la Nación, Gustavo Lopetegui, informó en el Congreso que la culpable fue la empresa transportista Transener, por lo que ahora el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) evaluará la situación y aplicará una sanción que podría ser una multa de más de 400 millones de pesos.

Según explicó, “se han tomado las medidas preventivas para que el evento no vuelva a ocurrir” y agregó que “el Ente Nacional Regulador de la Electricidad realizará su dictamen y establecerá las sanciones correspondientes”.

El marco regulatorio dispone de una sanción máxima del 10% de la remuneración anual de la empresa Transener o del 50% de la remuneración mensual de la compañía.

Hace pocas semanas, la compañía a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires; en el primer trimestre de este año facturó 2.671,9 millones de pesos, es decir, un promedio de 890 millones de pesos por mes; si la multa fuera del 50%, correspondería un pago de 445 millones de pesos.

Con respecto a la compensación a los usuarios particulares y a los comercios, el funcionario aclaró, durante su presentación ante la Comisión de Minería, Energía y Combustibles del Senado, que a él no le competía informar sobre el resarcimiento a los afectados ya que es algo de lo que se encargará el ENRE.

“Entiendo que es algo muy importante lo que sintió la gente en ese día, no solo a nivel económico sino la angustia que genera no tener el servicio, el no saber lo que estaba pasando, si había habido un atentado o cuánto iba a durar”, sostuvo el secretario.

Y dijo que en el Gobierno son “totalmente conscientes” de “los inconvenientes y la angustia” generados ese día, pero remarcó: “No puedo ir más allá de lo que me compete. El ENRE va a aplicar las sanciones que marque el marco regulatorio. Sería temerario de mi parte decir qué compensación va a corresponder”.

¿Distribuidoras, también con multas y pago por reparación?

Para las empresas distribuidoras que llevan el servicio a domicilio, es decir las concesionarias, las multas dispuestas, además de ajustarse al tipo y gravedad de la falta, tendrán en cuenta los antecedentes generales de la  empresa y, en particular, la reincidencia en faltas similares a las penalizadas, con especial énfasis cuando ellas afecten a la misma zona o grupo de usuarios.

Pero no solo serán pasibles de sufrir multas administrativas sino que también podrían ser obligadas a abonarles dinero a los usuarios. El pago de esa penalidad no relevará a la distribuidora de eventuales reclamos por daños y perjuicios.

En el caso de las empresas que fueron concesionadas por el Estado nacional, el valor acumulado anual de las multas no deberá superar el 20% de la facturación anual. Si ello ocurriera, será considerado como violación grave de los términos del contrato de concesión.

 Cuando el ente a cargo (nacional o provincial) compruebe la falta de la distribuidora en el cumplimiento de alguna de sus obligaciones, y a la brevedad posible, la pondrá en conocimiento del hecho y la emplazará en forma fehaciente para que en el término de 10 días hábiles presente todas las circunstancias que estime correspondan en su descargo.

Si no respondiera o aceptara su responsabilidad dentro de dicho plazo, el órgano administrativo aplicará las sanciones correspondientes, y las mismas tendrán carácter de inapelable.

Pero si la distribuidora formula un descargo, el Ente deberá analizarlos para expedirse definitivamente dentro de los 15 días hábiles subsiguientes a la presentación de las observaciones. En caso de resolución condenatoria, la distribuidora, luego de hacer efectiva la multa, podrá interponer los pertinentes recursos legales.

¿Qué ocurrió?

El funcionario detalló que el sistema para funcionar debe equilibrar la oferta y la demanda de energía. “Si hay oferta de más, existe un mecanismo que se llama desconexión automática de generación (DAG). Son sistemas informáticos programados para que cuando ocurra alguna falla mande señales a algún generador. Si hay sobre oferta de energía actúa la DAG. Las DAG están instaladas en los transportistas”, afirmó.

Según estimó el funcionario, si hubiesen operado bien los mecanismos de protección, no hubiese ocurrido un apagón de magnitud tal como para impactar a casi todo el país sino que se hubiese afectado al 40% del total y el servicio se habría recuperado más rápido.

 “Hubo una conjunción de las circunstancias preexistentes, el horario de baja demanda, una proporción importante que venía del corredor del NOA dentro de los márgenes permitidos, con el cortocircuito (evento aleatorio pero habitual) con ausencia de reprogramación de la DAG por parte de Transener cuando cambiaron la topología de red (error operativo de la empresa), junto con la desconexión prematura de cinco de los 105 rotores que normalmente están en operación, y el insuficiente alivio por parte de los cortes que las distribuidores se habían comprometido a realizar terminaron en un colapso que sufrimos el domingo 16 de junio”, explicó.

Además, precisó que las distribuidoras que dependen de los gobiernos provinciales y los generadores “no operaron bien” después de esa falla primaria “los mecanismos de protección” para evitar “el colapso” del sistema que provocó que la mayor parte del país quedara sin energía eléctrica. De esta manera, es probable que sean sancionados todos los integrantes de la cadena. Todo dependerá del informe final que se dará a conocer en las próximas semanas.

Transener, tras la exposición de Lopetegui, dio a conocer un documento como respuesta oficial y lo cuestionó por intentar preservar a Cammesa (responsable del despacho de electricidad en el país), a pesar de que desde varios sectores se asegura que el despacho de energía se encontraba desequilibrado, lo cual claramente habría sido también parte del problema.

De acuerdo a la empresa, en la zona en donde se produjo el evento la reposición fue inmediata al igual que la del servicio general que para las 8:30hs de ese día se había repuesto en un 75% de la demanda del país y remarca que todas las instalaciones del sistema de transporte estuvieron disponibles de manera inmediata y respondieron de manera adecuada a los requerimientos de maniobras.

Fuente: https://www.iprofesional.com/legales/295239-congreso-responsabilidad-contrato-Apagon-como-se-fijaran-las-multas-y-a-quienes-se-sancionaria

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